@article{Casas Villamizar_2015, title={Tipicidad del incesto en la unión marital de hecho}, volume={8}, url={https://journal.poligran.edu.co/index.php/panorama/article/view/551}, DOI={10.15765/pnrm.v8i15.551}, abstractNote={<p>El presente artículo expone cómo en Colombia la Ley 54 de 1990 definió la unión marital de hecho. Jurídicamente, la unión marital de hecho es una forma para constituir una familia por vínculos naturales, plasmada en el Estatuto Superior, el cual consagra esta unión como núcleo fundamental de la sociedad, con lo que adquiere calidad integrante en el Estado social de derecho, y obliga al Estado y a la sociedad a su protección integral a través del derecho penal como bien jurídico. El incesto, como realización del acceso carnal u otro acto sexual con un ascendiente, descendiente, adoptante o adoptivo, o con un hermano o hermana, desestabiliza y pone en peligro la institución familiar, y en ello la unión marital de hecho compuesta por parientes endogámicos es una conducta punible y no una sociedad patrimonial. </p>}, number={15}, journal={Panorama}, author={Casas Villamizar, Yor Alexander}, year={2015}, month={abr.}, pages={81–89} }